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¿Qué ha sucedido con los procesos penales tras los disturbios del 11 y 12 de julio pasado? (+ Video)

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Como parte de las garantías, todos los acusados han asistido a juicio con la representación de un abogado, ya fuera contratado por ellos o puesto de oficio por el tribunal

El auto patrullero volcado, los contenedores de basura tirados arriba del vehículo y, encima, encaramados, quienes creyeron «€“en medio de la euforia»€“ protagonizar ese día «una victoria»», es una de las imágenes que demuestra de manera contundente hasta dónde querían llegar estas personas, en su afán de quebrantar el orden constitucional del país. Sin embargo, este no fue el único suceso ocurrido durante los disturbios del 11 y 12 de julio pasado…

Cerca del lugar donde se encuentra la Estación de la Policía del Consejo Popular de Tamarindo, en el municipio de Diez de Octubre, a un oficial desarmado lo agredieron y lesionaron, lanzándole piedras que tomaron de las inmediaciones.

Mientras la aglomeración avanzaba en dirección al Capitolio Nacional, objetos contundentes e incendiarios fueron arrojados por doquier. Siete personas que se interpusieron en su camino terminaron siendo lesionadas, todas ellas desarmadas.

Por otra parte, en las inmediaciones del Malecón, el secretario general del Comité Provincial de la Central de Trabajadores de Cuba, que socorría en esos momentos a un oficial que había caído al suelo, fue herido dos veces en la cabeza, con un madero que tenía una puntilla en su extremo superior. Su atacante, uno de los que, supuestamente, salieron a manifestarse de manera «pacífica»», le provocó una herida de más de siete centímetros y un trauma craneal.

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Después de congregarse de manera tumultuaria y agresiva frente a las sedes de instituciones oficiales del Gobierno, en el municipio de Cárdenas, Matanzas, estas personas, armadas con piedras y palos, se trasladaron a donde se ubican las tiendas y establecimientos de expendio de combustible, y atacaron a fuerzas del Ministerio del Interior (Minint) que protegían las instalaciones y, como resultado, estas fueron saqueadas.

Autos patrulleros que acudieron a la zona ante semejante hostilidad, terminaron siendo apedreados, al igual que sus tripulantes.

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En el municipio cabecera de Holguín discurrieron por vías próximas a las sedes del Gobierno, y, en sus cercanías, se armaron de piedras y losas que arrojaron hacia los locales y agentes de la autoridad que custodiaban el área.

Uno de los participantes lanzó un ladrillo contra la puerta de cristal de una tienda y la rompió; de igual forma, se produjeron otros hechos violentos contra dos agentes de la autoridad que estaban en cumplimiento de sus funciones.

Continuando con este agresivo proceder, luego de romper el cordón humano que, a cierta distancia se había ubicado en los locales del Gobierno, y estando en sus proximidades, arrancaron losas del suelo, las fragmentaron y lanzaron contra quienes protegían el lugar, lesionando a ocho personas.

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El 12 de julio, en el reparto La Güinera, Arroyo Naranjo, varios ciudadanos comenzaron a caminar por las calles mientras gritaban frases ofensivas y groseras hacia las autoridades y, al unísono, transmitían a través de las redes sociales lo que acontecía.

Al dirigirse a la Unidad de la Policía más cercana, en la Calzada de Bejucal, se enfrentaron a personas a quienes agredieron físicamente, así como a miembros del Minint que protegían el lugar. Les lanzaron piedras, botellas, cocteles molotov e incendiaron, además, colectores de desechos sólidos.

Uno de los acusados admitió haber recibido una comunicación desde el exterior anunciándole lo que ocurriría, invitándolo a incorporarse a los hechos; a otro, según su propia declaración, le prometieron 1 500 cup si participaba en las protestas.

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Así de «pacíficas»» fueron esas jornadas del 11 y 12 de julio pasado; o al menos, esa es la imagen que no pocos trataron de vender al mundo.

Los días 11 y 12 de julio, varias personas intentaron quebrantar el orden constitucional del país, atacando a las fuerzas del orden público y causando daños a tiendas y establecimientos comerciales, entre otros hechos vandálicos. Foto: AFP

LAS SANCIONES HAN SIDO SOLICITADAS EN CORRESPONDENCIA CON LA LESIVIDAD

A partir de lo acontecido durante los disturbios de julio pasado, se presentaron a los tribunales municipales, dentro de los plazos fijados por la ley, los procesos de su competencia, relativos a delitos contra el orden público que afectaron la tranquilidad ciudadana, explicó a nuestro diario Lisnay María Mederos Torres, fiscal jefe de la Dirección de Procesos Penales de la Fiscalía General de la República (FGR).

Otros hechos de mayor gravedad, por la forma en que fueron realizados y sus resultados, fueron concluidos y presentados los procesos a los tribunales competentes.

En las investigaciones realizadas, puntualizó, se obtuvo el material probatorio sobre los actos de promoción, organización y ejecución directa de los hechos que la ley penal tipifica como delitos y que, además, pusieron en grave riesgo la seguridad ciudadana y la propiedad estatal.

«Para Cuba, como para cualquier otro país, en las severas condiciones que enfrentaba la pandemia y sus consecuencias, se puede entender perfectamente la gravedad de los hechos ocurridos y la necesidad de aplicar, consecuentemente, las leyes penales»».

Por otra parte, sostuvo la Fiscal Jefe, el material probatorio acreditado en los procesos, determinó la participación de los acusados en hechos que tipifican delitos de desorden público, instigación a delinquir, daños, robo con fuerza y robo con violencia, atentado y sedición, y, en el caso de este último, la ley penal tiene marcos sancionadores elevados.

Según establece la Ley, incurren en delito de sedición aquellas personas que, tumultuariamente y mediante concierto expreso o tácito, con el empleo de extrema violencia, perturben de modo grave el orden público.

Por otra parte, la Fiscalía tuvo en cuenta que los acusados actuaron con extrema violencia, causaron lesiones y pusieron en peligro la vida de personas, funcionarios y miembros de las fuerzas del orden, arremetieron contra las instituciones oficiales, en particular las personas y bienes que representan o pertenecen a los Órganos del Poder Popular y al Minint, argumentó Mederos Torres.

De ahí que «las sanciones interesadas por la Fiscalía son severas, en correspondencia con la gravedad de los hechos, el nivel de participación y el daño causado a la sociedad, apreciándose la responsabilidad individual y las circunstancias concurrentes, dentro de ellas, las agravantes de la responsabilidad penal»».

Beatriz Peña de La O, fiscal jefa del Departamento de Investigación y Supervisión de la Dirección de Procesos Penales de la FGR, comentó que estos sucesos requirieron de la atención inmediata de los órganos de enfrentamiento y jurídicos.

Los fiscales se incorporaron a los centros de detención para cumplir, desde ese instante, la función de control de la investigación, a fin de mantener el seguimiento de los casos desde su inicio, logrando individualizar cada actuación y responsabilidad, y que se cumplieran las garantías previstas en la Ley.

Refirió que se realizaron los análisis pertinentes, aplicando lo dispuesto en el Código Penal en cuanto a aquellos autores con edades comprendidas entre 16 y 20 años que tienen una protección especial por su edad; a los que se le brindó toda la atención y tratamiento diferenciado e individualizado que el ordenamiento legal exige. Todo ello permitió a la Fiscalía tomar decisiones precisas y objetivas conforme a derecho, antes de su presentación al Tribunal.

Luego de los análisis requeridos, muchas personas que en un inicio resultaron detenidas no fueron presentadas a los tribunales, pues en cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente, se decidieron otras medidas de carácter contravencional, sin resultar acusados ante los órganos judiciales, acotó la Fiscal.

En La Habana, por ejemplo, señaló Yojanier Sierra Infante, presidente del Tribunal Provincial Popular, cuando ocurren los sucesos del 11 y 12 de julio, hay varios escenarios.

En total, se han radicado 28 causas, de ellas, 22 a instancia de los tribunales municipales «€“que son sanciones de hasta ocho años de privación de libertad»€“ y seis que se tramitaron a nivel provincial. Aquí estamos hablando, específicamente, de los territorios de Toyo y La Güinera, que, teniendo en cuenta la gravedad de los hechos, la Fiscalía viene imputándolos como delitos de sedición.

¿QUÉ HA SUCEDIDO EN LOS JUICIOS? LA VERDAD QUE «OTROS»» CALLAN

Con la realización de estos juicios, que comenzaron en diciembre y deben concluir en febrero «€“comentó el presidente del Tribunal Provincial Popular de La Habana»€“, hay una matriz de opinión que se maneja desde las redes sociales y que ataca directamente la transparencia de los procesos. «Dicen que son juicios simulados, que no tienen garantías, que no se les ha dado a los acusados la posibilidad de defenderse, que las condenas han sido injustas, que fue una demanda del pueblo contra la policía y el gobierno, cuando pueblo somos todos»».

Primero, nosotros «€“desde nuestra posición como jueces»€“ debemos respetar, en todo lo que hagamos, los principios establecidos en la ley y cumplir el debido proceso, sostuvo.

Si bien estos procesos tenían la particularidad de que se imputaban delitos de sedición, algo novedoso para nosotros, lo cierto es que actuamos como hacemos siempre en la tramitación de cualquier proceso, estudiando minuciosamente las causas, y respetando cada una de las garantías establecidas, apuntó.

«En correspondencia, todos los acusados asistieron a juicio con la representación de un abogado, ya fuera

contratado por estos o puesto de oficio por el tribunal, para aquellos que no lo hicieron. Asimismo, tuvieron la posibilidad de comunicarse entre ellos, a los efectos de sentar las bases para la defensa y, durante la celebración de los actos judiciales, los letrados pudieron ejercerla sin que se violase ningún principio»».

Otra muestra de transparencia es que, el día del juicio, el presidente del tribunal «€“como determina la Ley»€“ les pregunta a todos los presentes en la sala si alguien tiene motivos para que alguno de esos jueces no participe en el proceso, lo que se conoce como motivo de recusación. «Y en ninguno de los juicios realizados se ha expresado inconformidad»».

Asimismo, dijo, los acusados tuvieron la oportunidad de defenderse y decir lo que cada cual consideraba, pues no están obligados a declarar.

Hay que comprender, por otra parte, «€“señaló Yojanier Sierra Infante»€“ que lo más importante en un juicio, para determinar si una persona cometió un delito y fijar sanción, son las pruebas; «y a eso fuimos, las decisiones están basadas en la carga probatoria»». Agregó, en tal sentido, que se aportaron numerosas pruebas documentales, así como otras periciales y testificales, ya fuera por parte de la Fiscalía o la defensa. «Todos tuvieron igualdad de oportunidades»».

Dentro de las pruebas documentales, mencionó, se presentaron muchos videos. Aquí el trabajo de criminalística fue excelente, pues se analizó a cada individuo que aparecía en las imágenes, cotejándolo con su identidad y el uso de la técnica de descripción por rasgos exteriores, que demostraba que era esa persona y no otra la que aparecía en el video, precisó.

Cada parte, ya fuera Fiscalía o defensa, pudo llevar, además, los testigos que consideraron necesarios, incluso, ciudadanos que no estuvieron involucrados directamente en los hechos, pero que vivían en el barrio y sintieron, en piel propia, la inseguridad que generaron aquellas jornadas.

Un señor testificó haberse escondido debajo de una escalera, y dijo que aquellos fueron los 15 minutos más tristes de su vida; y una delegada de circunscripción comentó que, después de los sucesos de la Güinera, nunca más ha podido dormir tranquila, por la angustia que le provocaba salir a la calle en los días posteriores al suceso.

¿CÓMO SE HAN RESPETADO LAS GARANTÍAS DE LOS ACUSADOS?

Cuando la propia madre de un acusado, con el dolor que carga en los ojos y aprieta el alma, te dice que ha sido un proceso difícil para la familia, pero que nunca ha estado desamparada, sola, que en todo momento ha tenido la oportunidad de comunicarse con su hijo, y que siente que el abogado que lleva el caso está haciendo un buen trabajo, aun cuando ello no significa que esté feliz por lo sucedido, esto, por sí solo, encierra una gran verdad, esa que no cuentan o que tergiversan quienes se empeñan en ver una Cuba diferente.

Pero no es solo el criterio de esta madre, Eudanis Campos Ramírez, que pide disculpas por el error de su hijo y tiene fe en la justicia, en su criterio de racionalidad, de juzgar el comportamiento de cada persona de forma individual; también lo dice Keyla Domínguez Hernández, tras una pausa, durante la realización del juicio oral a su esposo.

Por el factor embullo fue que él tiró esas piedras, dice, «pero nosotros no estamos en contra de esto»». También refirió que su esposo ha tenido siempre acceso a su abogado, que lo han tratado bien. «Los abogados están haciendo el mejor trabajo, los están defendiendo bien»».

Precisamente, uno de los letrados habla con Granma sobre el debido proceso y de cómo se ha respetado este principio desde el inicio.

Se nos ha permitido ejercer nuestro derecho a defensa en todo momento, se nos ha dado la posibilidad de entrevistar a los acusados, que son nuestros clientes, como de aportar pruebas y hacer la defensa en el juicio oral sin ninguna vulneración, destacó el abogado defensor Manuel Alonso Díaz. Por ejemplo, mi defendido, en virtud de su derecho, ha podido modificar su declaración, destacó.

«Por esa parte no ha habido ninguna incidencia, ni en el juicio, ni durante la tramitación del proceso, y la familia tampoco nos ha comunicado inconformidad alguna»».

Este proceso, subrayó, ha pasado por dos leyes de procedimiento penal, algo sui géneris. Cuando inició, en julio pasado, la Ley de Procedimiento Penal establecía que hasta que se dictara una medida cautelar, no se podía tener acceso a un abogado; hoy tenemos una nueva normativa que sí permite este acceso desde un primer momento, pero hay que recordar que, cuando ocurrieron los sucesos, lo legal, lo establecido, era a los siete días, puntualizó. No obstante, desde un inicio se le brindó el derecho a la defensa.

Al preguntar si la connotación «€“a nivel político y social»€“ de estos sucesos pudo, de alguna forma, incidir en algunos aspectos de la defensa o, en detrimento de ella, sostuvo que lo anterior no ha sido una causa que haya hecho modificar o actuar de manera diferente en la tramitación del proceso.

«Sinceramente, ha tenido una gran carga mediática, pero ello, a mi criterio, no ha influido, por lo menos en nuestro trabajo como abogados.

«Hemos hecho todo lo que ha estado en nuestras manos para defender los intereses de nuestros clientes, sin ninguna intermediación»».

Este mismo abogado, en la realización del juicio oral, ha rechazado de forma contundente las pruebas presentadas por la Fiscalía.

La Ley, dice, nos franquea el derecho de impugnar, de presentar pruebas diferentes, de contradecirlas»€¦ esa es la función del abogado. «Y en mi caso, vengo impugnando todas las pruebas de la Fiscalía, porque mi cliente viene negando su participación en los hechos y, en virtud de ello, tengo que defenderlo»».

Criterios que, en sentido general, comparte la defensa, tal como nos plantea la abogada Ronmy Ruiz Gutiérrez.

Estoy personada en este asunto desde la detención de los tres acusados que represento y, desde el inicio, pude entrevistarlos en el centro penitenciario donde estaban recluidos, tuve acceso al expediente de fase preparatoria, a la investigación que se estaba realizando, a hacer el escrito de defensa contraponiéndose a la acusación de la Fiscalía, así como a los videos que se trajeron como evidencias y al resto de las pruebas presentadas, recalcó.

Respecto al criterio, manejado en redes sociales y expuesto al mundo como «verdad»»: que en Cuba se procesan a niños y menores de 16 años de edad, el abogado Francisco Javier Tapia Pacheco expresó que, en nuestro país, la Ley Penal es categórica respecto a este asunto, y plantea que la edad mínima para tener responsabilidad penal son los 16 años.

«No existe en este proceso ninguna persona menor de esa edad»», afirmó.

Además, precisó, la Ley asume un criterio más amplio y fija determinadas condescendencias y consideraciones para la aplicación de sanciones más benévolas para las personas que tienen hasta 20 años de edad. «Por ejemplo, puede rebajarse hasta dos tercios del límite mínimo y máximo de la sanción»». Asimismo, argumentó, quienes tienen más de 60 años, también se incluyen dentro de estos beneficios.

TRANSPARENCIA Y APEGO A LA LEGALIDAD

Nada de lo ocurrido, ni siquiera la clara pretensión de estas personas de subvertir el orden público y constitucional,

puede afectar una esencia de este país: que Cuba es un estado socialista de derecho, aseguró, por otra parte, Dixán Fuentes Guzmán, fiscal jefe de la Dirección de Atención a los Ciudadanos de la FGR.

Ello implica que, aun teniendo en cuenta la gravedad de los hechos, las acciones y los procesos penales deben transitar por un profundo respeto a lo establecido en la ley, puntualizó.

En tal sentido, añadió, es una premisa obligatoria la observancia de las garantías del debido proceso, y se veló minuciosamente por el curso de las investigaciones, en aras de que ninguna persona fuera privada de su libertad sino por una autoridad competente y por el tiempo legalmente establecido; que dispusiera de asistencia letrada desde el inicio del proceso; que se respetara la presunción de inocencia hasta la sentencia firme; y que se procediera a su juzgamiento por tribunales preestablecidos; entre otras garantías que establece la Constitución, en sus artículos 94 y 95.

«Además, como parte de las funciones de la FGR, se atendieron a todos los ciudadanos que acudieron a nuestra institución para presentar dudas, peticiones y criterios respecto a los hechos. Entre las cuestiones alegadas se encuentran, sobre todo, inconformidades con las medidas cautelares, con los delitos

imputados, y en los casos juzgados, con las sanciones solicitadas e impuestas.

En todos, a partir de los resultados de las investigaciones y los propios elementos manifestados por las personas, se dio solución a aspectos que legalmente podían tenerla, señaló.

«Estamos hablando, por ejemplo, de decisiones como puesta en libertad de personas sin que tengan que responder posteriormente por algún delito, modificación de medidas cautelares, inclusión de sus argumentos para valorarlos en el proceso penal concreto, orientación jurídica de lo que en cada etapa del proceso se debe hacer»».

En todos los casos, aseveró Joselín Sánchez Hidalgo, magistrado del Tribunal Supremo Popular (tsp), los ciudadanos tuvieron el derecho a impugnar la sanción impuesta mediante el correspondiente recurso de apelación o casación, como parte de las garantías que establece la Ley.

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Un juicio es mucho más que dictar una sentencia, pero es este momento, sin duda, el que marca de manera más profunda, el que nunca se olvida.

Minutos antes de concluir, los acusados tienen derecho de última palabra.

La mayoría de ellos ha mostrado arrepentimiento y pedido disculpas por lo acontecido en esas jornadas; otros solicitan que el Tribunal tome en cuenta que «actuaron por embullo»», «que no fue con intención»», «que a lo mejor estaban en el lugar y en el momento equivocados»».

Y sí, la justicia es magnánima, racional, pero también «€“consecuentemente»€“ severa, como corresponde con quienes atentaron contra el bienestar común y la tranquilidad colectiva en un momento en el cual Cuba toda se volcaba en la lucha contra la pandemia de la COVID-19, con quienes intentaron sumir en el caos a un país que muchos se empeñan en echar adelante.

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