Presentan ante gobiernos provinciales y municipales anteproyectos de leyes a debate en próxima Asamblea Nacional
Los anteproyectos de leyes de Organización y Funcionamiento del Gobierno Provincial y del Consejo de la Administración Municipal fueron presentados a través de videoconferencia a los gobernadores y vicegobernadores provinciales, los presidentes y vicepresidentes municipales y los intendentes.
La cita, dirigida por Esteban Lazo Hernández, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, permitió intercambiar sobre los aspectos más novedosos de ambos documentos, a la vez que se realizaron varias propuestas de modificación.
Al decir de José Luis Toledo Santander, Presidente de la Comisión Permanente de Trabajo de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, el proceso legislativo inicia desde que se ejerce la iniciativa legislativa por quien corresponda, «e incluye intercambios sistemáticos con órganos, organismos, diputados, expertos y otros, que permiten trabajar el necesario consenso sobre las normas».
Efectuamos en el día de hoy videoconferencia con los gobiernos provinciales para discutir los proyectos de leyes de organización y funcionamiento del Gobierno Provincial y de los Consejos de la Administración Municipales.#Cuba #PoderPopular pic.twitter.com/oZaty4p2NV
— José Luis Toledo Santander (@JosLuisToledoS1) December 4, 2020
El diputado explicó que con estos dos proyectos leyes se cierra aquellas normas que van a desarrollar desde la Constitución de la República la conformación institucional del país.
El año pasado, recordó, se aprobaron las leyes de organización y funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado, y la de organización y funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y de los Consejos Populares.
En octubre último también se aprobaron las leyes de Organización y Funcionamiento del Consejo de Ministros y la del Presidente y Vicepresidente de la República.
«Estamos hablando de las nuevas figuras nacidas al amparo de la nueva Carta Magna como el Gobernador y el Consejo Provincial. Quedará claro el papel del gobernador como figura de la actividad ejecutivo-administrativa de la provincia y por consiguiente dirige y organiza la actividad de la administración provincial. Entre tanto, el Consejo Provincial actúa como una figura de conciliación entre los intereses de los órganos centrales con los órganos municipales y armonizar los intereses de los territorios», explicó.
Es por ello, subrayó Santander, al gobernador no le puede ser ajena ninguna de la actividades que sucedan en su provincia.
Entre tanto, el Consejo Provincial que estará integrado por el Gobernador y el vicegobernador, así como por los presidentes y vicepresidentes de todas las asambleas municipales y los intendentes, tendrá gran relevancia como órgano de control del trabajo del gobernador.
Entre las novedades que propone el proyecto de ley, Lilian González señala la concepción sistémica y articulada del Poder Popular, un marco regulatorio funcional para el desarrollo local y el reconocimiento a la diversidad existente en el territorio.
El proyecto de ley de consta de 146 artículos, 11 capítulos, 40 secciones, dos disposiciones transitorias y tres finales. Para su elaboración se consideraron 184 opiniones, 93 de provincias y municipios.
También se recordó cómo el gobernador accderá al cargo. Esta será una figura electa por los delegados de las Asamblea Municipales del Poder Popular. «Este es electo a propuesta del presidente de la República».
Se resaltó en el encuentro que el hecho de llamarse Gobierno Provincial del Poder Popular ratifica su apego al pueblo. «Ninguna tarea vinculada con el pueblo le puede ser ajena y por eso la importancia del constante intercambio con los delegados, con los presidentes de los Consejos Populares y el pueblo».
Al referirse al proyecto de ley sobre la Organización y Funcionamiento del Consejo de la Administración Municipal, Toledo Santander aclaró que es un error asemejar el proceder del intendente con las funciones del gobernador. «Si bien este último dirige la administración provincial, la administración municipal la rige el Consejo de Administración que es un órgano colegiado. La figura del intendente es designada por la Asamblea Municipal y por tanto se le subordina a este órgano».
Según detalló Nancy Acosta Hernández, jefa de las oficinas de atención a las administraciones locales del Poder Popular del Consejo de Ministros la propuesta de norma sobre la Organización y Funcionamiento del Gobierno Provincial consta de 14 Capítulos, 147 artículos, dos diposiciones transitorias y dos finales. Para su elaboración fueron atendidas 251 observaciones de los órganos, organismos y entidades consultadas.
Por su parte, la diputada Lilian González explicó que el anteproyecto de ley de Organización y Funcionamiento del Consejo de la Administración Municipal establece la estructura, organización, atribuciones y funciones del Consejo de la Administración Municipal, subordinado a la Asamblea Municipal del Poder Popular.