Bancarización, capacitación del BPA a organismos y actores económicos
Diferentes aclaraciones ante dudas conformaron parte del taller, en el que se abordaron temas de interés para organismos y actores económicos.
La sociedad cubana acomete desde agosto de 2023 el proceso de Bancarización que, a pesar de sus buenas intenciones, abre múltiples dudas y gran parte de la población aún considera su implementación de manera apresurada, sin la necesaria preparación previa.
Organizado por el Centro de Información y Gestión Tecnológica (Ciget) de Villa Clara, perteneciente al Citma, se desarrolló un Taller de Capacitación entre el Banco Popular de Ahorro (BPA) y diferentes organismos y actores económicos conducido por Alejandro Céspedes de Villegas, al frente de la Banca Electrónica en la referida institución bancaria de la provincia.
Sobre la Resolución 111/2023, emitida por el Banco Central de Cuba, recayó gran parte de las valoraciones, si se tiene en cuenta que es de cumplimiento por parte de todos los actores y contiene las normas bancarias sobre los límites establecidos para los cobros y pagos en efectivo en moneda nacional, su depósito, extracción y tenencia.
Se ratificó que solo las personas naturales con pensiones, salarios y otros ingresos personales, así como los recursos provenientes de cuentas de ahorro, podrán disponer de la red de cajeros automáticos para la extracción de efectivo.
La norma establece, además, que las extracciones de efectivo para el pago de salarios y otras prestaciones sociales se realizan con un máximo de tres días hábiles de antelación a la fecha de pago, y que el efectivo no utilizado debe ser reintegrado al siguiente día hábil.
Los bancos incluirán en los contratos de cuenta corriente los términos y condiciones para el manejo del efectivo en pesos cubanos, y que podrán suspender o cerrar los servicios bancarios a los clientes que incumplan, reiteradamente, lo dispuesto.
Por todo ello impera capacitar a los clientes, conocer las entidades que deben comenzar los trámites de domiciliación de nóminas, o lo que significa recibir el dinero de manera automática en una cuenta bancaria, en la cual el titular debe ser el mismo que el beneficiario del pago.
El taller ofreció la posibilidad de aclarar múltiples dudas relacionadas con la obtención del código QR que al escanearlo desde teléfonos u otros dispositivos móviles permite realizar las transacciones financieras de forma segura, automática y rápida, al tiempo que se abordaron las problemáticas que afrontan los trabajadores por cuenta propia (TCP) con algunas plataformas, y las posibilidades de los clientes para trasladarse de sucursales comerciales, tanto de BANDEC para BPA y viceversa.
También se esclarecieron detalles del proceso de acreditación de nóminas, así como de la obtención del código QR por Transfermóvil, que, según se dijo, se ha agilizado la entrega.
En busca de precisiones se ratificaron los actores de la economía a quienes va dirigida la Resolución 111/2023 e incluye las empresas estatales, organizaciones superiores de Dirección Empresarial (OSDE), las unidades presupuestadas; cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, micro, pequeñas, medianas empresas (mipymes) y las modalidades de inversión extranjera.
Aparecen, también, las formas creadas al amparo de la Ley de Asociaciones, los proyectos de desarrollo local (PDL), productores agropecuarios, agricultores individuales, pescadores comerciales, trabajadores por cuenta propia (TCP) y los artistas y creadores.
En torno a la contratación de las pasarelas de pago por parte de los actores económicos, Alejandro Céspedes explicó que se puede realizar a través de Etecsa y Xetid mediante sus páginas web, en la sección de Atención al Cliente.
El taller esbozó diferentes decretos leyes y resoluciones en torno al Registro Comercial, los cambios en el sistema tributario, la obligatoriedad de las cuentas fiscales, el ejercicio del trabajo por cuenta propia, las micro, pequeñas y medianas empresas, y las modificaciones a la norma jurídica del trabajo por cuenta propia.
En esta última se ratifica que los TCP no pueden realizar comercio al por mayor ni tampoco contratar a otros TCP para el ejercicio de sus funciones.
Las posibilidades de la Banca Electrónica y la Contratación Digital fueron objeto de análisis.