Especiales

Todo lo que debes saber sobre los nuevos proyectos de ley de migración, extranjería y ciudadanía

Vistas: 6

Representantes del Ministerio del Interior y del Ministerio de Relaciones Exteriores comparecieron este viernes 28 de junio en la Mesa Redonda para brindar información detallada sobre los proyectos de leyes de migración, extranjería y ciudadanía que serán presentados para debate y aprobación por la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP).

Los altos funcionarios ofrecieron una extensa explicación sobre el contenido y alcance de estas nuevas regulaciones legales, con el objetivo de mantener informada a la población acerca de los cambios que se proponen en estas importantes áreas.

Al intervenir en el espacio televisivo, el 1er coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, del Ministerio del Interior (Minint) ratificó que se trata de tres documentos.

El primero es el proyecto de ley de migración, que tiene un antecedente en el año 1976 con la ley migratoria, se actualiza en el año 2012, y llegó el momento de elaborar un documento más abarcador; la realidad demográfica, migratoria, del país, requiere este documento”, dijo.

Hay un segundo proyecto —detalló Méndez Mayedo —que es el de extranjería, el cual se encarga fundamentalmente del área de atención a los extranjeros, régimen de entrada, régimen de salida, estancia, los visitantes, los no visitantes, toda el área que tiene que ver con no nacionales.

“También hay un precedente, tenemos una ley de extranjería de 1976, pero requiere de actualización, precisiones y atemperarse a la realidad actual en el incremento del flujo de turistas y del flujo de visitantes”, señaló.

“Y algo que sí es novedoso, aunque había algunos instrumentos, nosotros no contábamos con una ley de ciudadanía. Por primera vez Cuba tendrá una ley de ciudadanía, y hay aspectos que no estaban abordados en nuestra legislación”, dijo.

De acuerdo con el 1er coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, del Minint, otra característica es que es una ley reglamentaria.

“Las dos primeras leyes que mencioné tienen como complemento un reglamento, buscando seguridad jurídica. Reglamento que no puede diferir de los marcos que impone la ley. Pero la ley de ciudadanía es reglamentaria, el articulado ya implica procedimientos de trabajo”, explicó.

La ley de inmigración puede ser la sombrilla de todo el sistema, pero indiscutiblemente la ley de extranjería es el tema específico de los extranjeros, y la de ciudadanía también desarrolla todos los postulados constitucionales, ya llevados a ley, apuntó.

Precisó que estos instrumentos son continuidad de la decisión política de mantener la actualización de la legislación migratoria, atemperar a las características del proceso migratorio cubano, y a la práctica internacional.

“Hay un mandato constitucional que tenemos que desarrollar. Hay un nuevo escenario demográfico y social. Hay una circularidad lógica del flujo de cubanos entrando saliendo del país, que retornan a su patria, que viven en otro país, que tienen familia en Cuba, viven un tiempo aquí, viven un tiempo allá, o sea, eso es un fenómeno que requiere un tratamiento diferenciado”, reflexionó Méndez Mayedo.

“Estimamos que a partir de la actualización del 2013 hay un millón 300 000 cubanos que mantienen la residencia en Cuba, pero una parte importante de ellos está en el exterior. Y realmente es resultado de la circularidad que tiene el proceso migratorio”, refirió.

El 1er coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, del Minint, dijo que estos proyectos son resultado de cuatro años de trabajo. Las políticas se elaboraron, se rotaron en tres ocasiones por los organismos, y llegó el momento de redactar la ley.

Hay un amplio interés en el tema. Es muy importante determinar que eso no es una ley para los cubanos en el exterior; es una ley para todos, para los cubanos, para los organismos, para los extranjeros, insistió.

Entre las vías fundamentales que se han utilizado para socializar los proyectos mencionó  el sitio del Parlamento cubano, para los comentarios. “Tenemos que reconocer que prácticamente todos los comentarios que se hicieron en la nota que publicó la Mesa Redonda fueron respondidos, y también el trabajo de los consulados. Eso ha sido una fuente importante de nutrirnos de propuestas, intereses, dudas. Y a partir de esa consulta, se están procesando esas opiniones y hay propuestas concretas”, agregó.

“Hubo un contacto con los diputados, que continuaremos, y fue algo muy sustancioso, un intercambio muy útil. Eso va a enriquecer todo el debate que va a tener la ANPP y la calidad del documento, el consenso alrededor del mismo”, dijo.

El Coronel Mario Méndez Mayedo, Jefe de la DIIE, explicó que la Residencia Efectiva Migratoria es la condición que alcanzan los ciudadanos cubanos y los extranjeros residentes cuando permanecen la mayor parte de cada año calendario, anterior a la fecha en que se certifica, en el territorio nacional, o mediante una combinación de un período de permanencia y otras evidencias materiales que demuestren arraigo en el país.

Dijo que con la residencia efectiva migratoria se garantiza la objetividad de la información sobre las personas que residen en Cuba y en el exterior, lo que podría impactar en las políticas públicas y reducir costos adicionales para la economía del país.

Además, se eliminan los 24 meses como tiempo de estancia autorizado a permanecer en el exterior. «Todo aquel que salió del país desde 2013 y mantuvo la residencia en Cuba (vive afuera pero regresó antes de los 24 meses) mantiene su residencia. Esto está en moratoria desde la COVID-19 (todo el que salió desde marzo de 2018 no ha tenido que regresar); y por tanto, no tenía sentido volver a implantar los 24 meses ahora. Puede venir cuando quiera, para crear facilidades. Se detiene la categoría de emigrado».

Destacó que se incorporan normas migratorias que dan respuesta a los retos que imponen determinar la residencia de los cubanos en Cuba y en el exterior, garantizando el ejercicio de los derechos relacionados con la disponibilidad sobre el patrimonio en el territorio nacional.

«De manera práctica significa que ningún poseedor de viviendas o vehículos pierde esa propiedad. No hay razón alguna para interpretar que los ciudadanos que han adquirido bienes bajo la legitimidad vigente puedan resultar afectados en el disfrute de sus derechos patrimoniales», agregó.

Subrayó que el proyecto que se propone debe entenderse como una garantía de los derechos patrimoniales y no en detrimento de éstos. «Con relación a las propiedades no debe existir ninguna preocupación».

Más adelante, explicó las categorías migratorias de los ciudadanos cubanos, destacando que «se agrega la categoría de inversores en negocios que crea facilidades con intereses de invertir en el país para los residentes del exterior o emigrados».

También detalló las categorías migratorias de extranjeros. Para proponer estos cambios, se hicieron estudios comparados con legislaciones internacionales, agregó el directivo.

Al comentar sobre la ciudadanía efectiva, dijo que la adquisición de otra ciudadanía no implica la pérdida de la ciudadanía cubana. Los ciudadanos cubanos, mientras se encuentren en el territorio nacional, se rigen por esta condición, en los términos establecidos en la Ley y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera.

«Hay cubanos que ostentan la ciudadanía estadounidense, la española y la italiana. Solo en Estados Unidos, hay 840,000 cubanos nacidos en Cuba y muchos de ellos presentan ambos pasaportes, pero en Cuba se les reconoce como ciudadanos cubanos. Todo acto que realice un ciudadano cubano con otra ciudadanía en Cuba es nulo y por tanto tiene una sujeción a régimen sancionador en caso de incumplimiento».

Finalmente, dijo que los procedimientos sobre Ciudadanía son Adquisición (Nacimiento / Naturalización), Renuncia, Pérdida, Privación o Recuperación.

El Primer Coronel Mario Méndez Mayedo explicó que la ciudadanía cubana se adquiere además por naturalización. En estos casos, se trata de los extranjeros comprendidos en los casos que corresponde resolver al Presidente, y aquellos que cumplen requisitos establecidos por la Ley.

Mientras, los casos de renuncia de la ciudadanía cubana pasan por una serie de elementos. En primer lugar, el procedimiento se inicia a instancia de la parte interesada. Además, para solicitarla se debe ostentar otra ciudadanía, la solicitud solo se admite desde el exterior y para que sea efectiva debe ser aceptada por la autoridad competente.

A su vez, la pérdida de la ciudadanía cubana ocurre cuando esta se adquiere en fraude de Ley, así como en aquellos casos en los que los ciudadanos cubanos por naturalización que, encontrándose en el extranjero, no ratifiquen cada tres años ante los consulados correspondiente, su voluntad de mantener la ciudadanía cubana.

“En los tres proyectos se establece el procedimiento administrativo, a fin de garantizar el derecho de los ciudadanos a impugnar los actos administrativos, disposiciones reglamentarias, actuaciones materiales y omisiones de las autoridades migratorias”, explicó.

“Los anteproyectos reciben numerosos planteamientos”

Al decir de Ana Teresita González Fraga, directora general de la Dirección General de Asuntos Consulares y Atención a Cubanos Residentes en el Exterior, todos los anteproyectos se encuentran en amplia consulta tanto con cubanos residentes en la Isla como en el exterior.

“Tenemos numerosos planteamientos, en su mayoría relacionados con los términos de residencia efectiva migratoria o con asuntos falsos como la pérdida de patrimonios en Cuba. Asimismo, también vemos un apoyo en lo relacionado con la eliminación del límite de los 24 meses como tiempo de estancia en el exterior autorizado”, apuntó.

González Fraga también explicó que el cambio de la condición migratoria de emigrado a residente en el exterior provoca varios planteamientos. Al respecto, dijo que habrá un proceso paulatino para realizar ese cambio en quienes lo decidan, y serán los Consulados en cada país los encargados de mantener una información constante a los ciudadanos cubanos en esas naciones.

La funcionaria recalcó que en ninguno de los anteproyectos existe una disposición para privar a los ciudadanos cubanos de sus propiedades o su patrimonio en el país.

Sobre el tema de la ciudadanía efectiva, igualmente apuntó que los ciudadanos cubanos no pueden ejercer otra ciudadanía dentro de la Isla. “La mayoría de ellos se sienten muy orgullosos de ser cubanos. Muchos han decidido poseer otra ciudadanía para evitar las trabas que impone el bloqueo a nuestro país, pero no por un sentimiento de rechazo a la tierra que los vio nacer”, dijo.

Antes de concluir, la directora general de la Dirección General de Asuntos Consulares y Atención a Cubanos Residentes en el Exterior instó a los cubanos a continuar enviando sus planteamientos y anunció que el próximo 4 de julio Cubadebate acogerá, entre las 10:00 am y las 12:00 pm, un forodebate para aclarar dudas sobre el tema.

Tomado de Cubadebate

Tomado de Cubadebate

Medio de información alternativa que alerta sobre campañas de difamación contra Cuba. Publica noticias y análisis con un tratamiento objetivo de los hechos. Muestra los intereses que el poder global oculta para mantener sus privilegios. UCI, La Habana, Cuba. editor@cubadebate.cu

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *