Pasarelas de pago: nadie está autorizado a implantar su propia ley
El no uso de las pasarelas de pago electrónico en los sectores estatal y no estatal, y las restricciones impuestas por una gran parte de las mipymes en Cuba, que intentan imponer su propia ley, al no aceptar billetes de denominaciones inferiores a los 50 pesos en moneda nacional, constituyen formas de actuar ajenas a las legislaciones existentes en el país.
«Ambas maneras constituyen violaciones y están prohibidas. El pago electrónico, donde existan las condiciones para realizarlo, es de carácter obligatorio en uno y otro sector», afirmó Inalvis Smith Lubén, viceministra de Comercio Interior (Mincin), al frente de la comitiva que, recientemente, recorrió la provincia de Ciego de Ávila, en el contexto de la rendición de cuenta de ese Ministerio a la Asamblea Nacional del Poder Popular, que será en julio próximo.
Igualmente, enfatizó la viceministra, algunos dueños de empresas privadas –las conocidas mipymes– intentan generalizar la recaudación en efectivo en moneda nacional «solo con billetes de grandes denominaciones». Ello también constituye una violación al derecho del consumidor y, tras detectársele este tipo de anomalía, pueden ser multados y, si el hecho es reiterativo, podrá retirársele la licencia comercial y proceder al cierre del establecimiento.
A esas irregularidades les da seguimiento un grupo de trabajo del Mincin, pues de los procederes inadecuados surgen las violaciones, incluida la subdeclaración que, a la larga, falsean los impuestos.
A finales de octubre del pasado año, Betsy Díaz Velázquez, titular del Mincin, resaltó en este diario que «lo que no es posible es que a usted le digan: yo le pago electrónicamente, y usted tenga que pagar en efectivo en una red de comercio. Y cuando hablamos de la obligatoriedad, estamos hablando de todos los actores: estatales y no estatales, porque hoy también hay empresas productoras que venden minorista. Todo el que realiza actividad comercial tiene que garantizar el medio de pago».
En relación con el tema en cuestión, Díaz Velázquez añadió que existe el Registro Central Comercial. «Esta institución es responsable de otorgar los permisos para la actividad comercial. Todas las personas naturales y jurídicas que realicen actividad comercial tienen la obligación de inscribirse en el registro. Muchas veces las mipymes tienen actividades principales y secundarias, y en esta última categoría tienen permiso para comercializar».
Por otra parte, se denomina pasarela de pago a una plataforma que transmite la información de la transacción de forma virtual y permite realizar compras de manera online en tiendas virtuales, mediante Transfermóvil o EnZona.
Este canal electrónico de pago en tiempo real verifica y acepta (o en su defecto, rechaza) la transferencia de dinero entre compradores y vendedores del comercio electrónico por medio de diversos métodos de pago, al conectar una cuenta bancaria del cliente a la cuenta del vendedor.