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Informa Aduana Villa Clara sobre importación de motorinas y componentes de autos 

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La Gaceta Oficial Extraordinaria No. 16 del 22 de febrero de 2023 estableció en su artículo 15.1 que las personas naturales cubanas y extranjeras residentes en el país pueden importar directamente, sin carácter comercial, vehículos de motor de los denominados ciclomotores y motocicletas de hasta dos plazas, así como de hasta tres plazas, cuando estos incluyan el sidecar, en todos los casos eléctricos, con el mismo tratamiento arancelario y siempre que no tengan capacidades adicionales de carga y pasaje. 

En este apartado no se incluyen los triciclos de motor, térmicos o eléctricos, con capacidad adicional de carga y pasaje. Se pueden importar directamente remolques ligeros de hasta 750 kg de peso máximo autorizado. 

Amado Elvis Albuerne Sosa, especialista en atención a la Población de la Aduana General de la República en Villa Clara, aclaró que se autoriza mediante este decreto, la importación de motorinas por parte de las personas naturales, mientras que las partes de vehículos automotores: carrocería, chasis, cabina y cuadro, sólo pueden ser importadas por personas jurídicas.

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