Plazo para presentar la Declaración Jurada y Pago del Impuesto sobre Ingresos Personales vence el 2 de mayo
La Oficina Nacional Tributaria (ONAT) informa que la presentación de la Declaración Jurada y Pago del Impuesto sobre Ingresos Personales recibidos en el 2022, vence el 2 de mayo.
Este impuesto se aplica a los ingresos obtenidos por el ejercicio de actividades económicas autorizadas, como los trabajadores por cuenta propia (TCP), los artistas y creadores del sector de la cultura, los comunicadores sociales y diseñadores, el personal que labora en sucursales extranjeras y las figuras mixtas.
También se incluyen los que pertenecen al sector agropecuario: usufructuarios y propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos.
Los contribuyentes deben confeccionar el modelo de Declaración Jurada correspondiente a su actividad, que puede ser el DJ-08 o el DJ-12, según el caso. El modelo se puede obtener en la página web de la ONAT o en las oficinas municipales de esta entidad.
La Declaración Jurada se puede presentar de forma presencial o por medios electrónicos. Cuando el resultado de la Declaración Jurada da a pagar, se puede abonar el importe en el banco con el vector fiscal del año que se liquida, o por los canales electrónicos de pago como Transfermóvil, que ofrece un descuento del tres por ciento.
La ONAT recuerda a los contribuyentes que declarar y pagar en tiempo es una obligación legal y una muestra de solidaridad con el país. Asimismo, advierte que no hacerlo puede acarrear sanciones, multas, recargos y embargos, según lo establecido en la Ley No.113 del Sistema Tributario.
(Con información de la ONAT)