Una Cuba en toda su diversidad
El Código de las Familias hace especial hincapié en la felicidad de las personas, a partir del reconocimiento de la dignidad como valor supremo. Y ese libre desarrollo de la personalidad –reconocido por demás en la Constitución– implica, entre otras cuestiones, el derecho de toda persona a fundar una familia, según su proyecto de vida
Entre retos y dificultades, el país no perdió nunca la brújula, ni dejó de pensar en su futuro, que tuvo su reflejo en particular en la aprobación del Código de las Familias, el intenso cronograma legislativo y las recientes elecciones municipales, que sin duda constituyeron momentos relevantes de la agenda política nacional.
Hablar de familias, en una sociedad tan diversa como la Cuba de hoy, implica, en primera instancia, derrumbar arquetipos y barricadas construidas muchas veces desde el pensamiento individual; de concientizar(nos) de que el «llamado de la sangre» no es lo único –y a veces hasta insuficiente– para sustentar los vínculos de una progenie; de que no se trata de desconocer los paradigmas tradicionales, sino de la posibilidad de que todos los modelos de familias coexistan, y con el debido respaldo legal al que tienen derecho.
Porque, al final, el amor y los afectos van más allá de la orientación sexual, la identidad de género, el color de la piel, la creencia religiosa o una situación de discapacidad; porque se trata de alcanzar el justo equilibrio entre el proyecto de vida de cada persona y el proyecto de vida familiar en común.
Con el 66,85 % a favor del SÍ –en el referendo legislativo realizado el 25 de septiembre– esta nueva Ley se erigió, como han reconocido diversos juristas, desde los afectos, sobre la base del respeto a la diferencia, haciendo prevalecer la responsabilidad y el sentido de convivencia, más allá de cualquier estereotipo, en sintonía, además, con las esencias humanistas de la Constitución de la República y el Estado de derecho y justicia social que somos.
En su acervo, reconoce a todos. A las niñas, niños y adolescentes, reflejados en las normas como lo que son: sujetos de derecho, siempre sobre la base del respeto a su autonomía progresiva.
Lo hace, en igual medida, con las personas adultas mayores, quienes por generaciones han transmitido valores y tradiciones, costumbres, y merecen no solo respeto, sino además reconocer derechos que potencien su poder de decisión, su inclusión familiar y social.
No menos trascendente ha sido reconocer los derechos de los cuidadores familiares, incluso desde la materia sucesoria. Se trata, a fin de cuenta, de lograr un equilibrio entre el derecho que tiene toda persona al cuidado y el de quien, renunciando a sus potencialidades, realiza una labor de entrega en la atención de sus familiares.
Asimismo, la norma ha reformulado todo el régimen legal de la capacidad jurídica, regulado en el Código Civil, para facilitar que las personas en situación de discapacidad puedan otorgar actos jurídicos por sí mismas o con la ayuda o asistencia de un sistema múltiple de apoyos. Se logra, así, facilitar su inclusión social.
La Ley incorpora, además, un título específico contra todas las expresiones de discriminación y violencia, que puedan ocurrir a lo interior de las familias, y establece las consecuencias jurídicas que, como resultado, tienen este tipo de conductas.
Por otra parte, el Código de las Familias hace especial hincapié en la felicidad de las personas, a partir del reconocimiento de la dignidad como valor supremo. Y ese libre desarrollo de la personalidad –reconocido por demás en la Constitución– implica, entre otras cuestiones, el derecho de toda persona a fundar una familia, según su proyecto de vida.
La posibilidad de casarse o no, ya sea la pareja hetero u homoafectiva; determinar el régimen económico del matrimonio o de la unión de hecho; delegar ante situaciones excepcionales el ejercicio de la responsabilidad parental, a favor de terceros; fijar de común acuerdo el orden de los apellidos de los hijos; establecer que la capacidad de las personas para formalizar matrimonio se alcanza a los 18 años de edad, así como implementar la gestación solidaria, son algunas de las novedades que introduce esta Ley, y que ofrecen un respeto a las distintas construcciones de familias, a partir de la igualdad y la no discriminación.
Con vocación de presente y futuro, el nuevo Código se erigió, además, con el aporte de toda la sociedad: desde los académicos, especialistas del derecho y diputados al Parlamento, hasta la gente del barrio, mediante la consulta popular que tuvo lugar; todas las voces fueron escuchadas y con sus opiniones aportaron matices y enriquecieron el cuerpo legal del texto.
No cabe duda de que el Código de las Familias es una de las normas de mayor trascendencia para la vida social de la nación, y no solo porque rompe algunos de los conceptos tradicionales, que por años sustentaron el derecho familiar, también porque se centra en la armonía, en la búsqueda de la felicidad, en alcanzar esos paradigmas, que deben fomentar las familias en toda su diversidad.
Tal y como ha asegurado, el doctor Leonardo Pérez Gallardo, presidente de la Sociedad Cubana de Derecho Civil y de la Familia, de la Unión de Juristas de Cuba, «las personas pasan en este tránsito que la vida supone, pero las familias… las familias son para siempre».
Es quizá este, el mayor logro tras la implementación del Código de las Familias, haber dado el paso definitivo para tender ese puente al entendimiento, a que se reconociera, como sociedad, la diversidad que nos une, de acercarnos más al país que somos y aspiramos ser.
INTENSO CRONOGRAMA LEGISLATIVO
Además de la aprobación del Código de las Familias, 2022 se caracterizó por ser un año con una ardua labor legislativa, un proceso que el Primer Secretario del Comité Central del Partido y Presidente de la República Miguel Díaz-Canel Bermúdez, comentó –en el discurso de clausura de la Sesión Ordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular– ha sido favorecido para que, en el menor tiempo posible, se promulguen las leyes que desarrollan los preceptos y mandatos de la Constitución de la República.
Así, en el cronograma legislativo de este año estaban previstas 30 leyes (inicialmente 27, y luego se incorporaron tres, a través de Decretos-Ley, que por su importancia adquirieron el rango de Ley); y de ellas, fueron aprobadas 14. Algunas son:
- Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional.
- Ley de Protección de Datos Personales.
- Ley del Proceso de Amparo de los Derechos Constitucionales.
- Ley del Sistema de los Recursos Naturales y del Medio Ambiente.
- Ley General de Protección al Patrimonio Cultural y al Patrimonio Natural.
- Código Penal.
- Ley de Ejecución Penal.
- Ley de Derecho de Autor y del Artista-Intérprete.
- Código de las Familias.
- Ley de la Contraloría General de la República de Cuba y del Sistema de Control Superior de los Fondos Públicos y de la Gestión Administrativa.
- Ley de la Fiscalía General de la República.
- Ley de la Expropiación por razones de Utilidad Pública o Interés Social.
- Ley del Fomento y Desarrollo de la Ganadería.
Asimismo, otras normas se encuentran en un estado avanzado de elaboración de las políticas y los anteproyectos, pero atendiendo a la necesidad de seguir profundizando en sus estudios, se determinó que 16 leyes no fueran presentadas este año, incluida la Ley de Comunicación Social.
UN PROCESO DEMOCRÁTICO Y POPULAR
De excelente calificó la presidenta del Consejo Electoral Nacional (CEN), Alina Balseiro Gutiérrez, la jornada de elección de delegados a las asambleas municipales del Poder Popular, el pasado 27 de noviembre, donde ejercieron el derecho al voto, 5 728 220 electores para el 68,56 %; de un padrón electoral de 8 354 717 electores. En todo ese proceso fueron electos finalmente 12 427 delegados (se efectuó una tercera vuelta electoral en cinco circunscripciones del país).
El proceso de nominación de candidatos a delegados de las asambleas municipales del Poder Popular constituye, a su juicio, la base del sistema electoral cubano.
«Que nosotros hagamos este proceso demuestra que Cuba sigue su paso y su camino sin detenerse», significó el Presidente cubano Miguel Díaz-Canel Bermúdez al ejercer su derecho al sufragio, al tiempo que agregó que contrasta también con otros ejercicios importantes de participación popular, que hemos tenido en los últimos tiempos.
De estas votaciones, resultaron electos:
- 12 422 delegados, de ellos:
- 5 478 mujeres, para un 44,10 %.
- 1 579 jóvenes entre 16 y 35 años, lo que representa el 12,71 %.
- 6 082 delegados reelectos, lo que constituye el 48,96 %.
Una vez electos todos los delegados, el pasado 17 de diciembre quedaron constituidas con total apego a la Constitución y a la Ley Electoral, las 168 asambleas municipales del Poder Popular y electos sus presidentes y vicepresidentes por un periodo de cinco años.
La validez y calidad de este proceso democrático ratificó a las asambleas municipales del Poder Popular como órgano superior del Estado en su demarcación, teniendo la responsabilidad de impulsar el desarrollo económico y social de los territorios y representar dignamente los intereses del pueblo.
Asimismo, otro proceso vital fue la elección de los precandidatos a la Asamblea Nacional, un ejercicio llevado a cabo por las diversas organizaciones de masas y estudiantiles del país como muestra del carácter genuinamente democrático e inclusivo del sistema electoral cubano.