Panamá amplía el período para la entrada en vigor de la visa de tránsito para viajeros cubanos
La Embajada de Panamá en Cuba anunció en la tarde de este viernes que, por razones humanitarias, se pospone la aplicación del decreto que establece la visa de tránsito para los cubanos.
De acuerdo con un comunicado de la sede diplomática divulgado en sus redes sociales, se extiende hasta el 15 de marzo de este año el periodo de gracia para la aplicación del Decreto Ejecutivo No. 19, extendiendo por 72 horas el día previsto inicialmente.
Añade la nota que las personas que tengan boletos del miércoles 16 de marzo de 2022 en adelante y no están en condición de solicitar la visa de tránsito en el tiempo indicado pueden reprogramar su vuelo y posteriormente solicitar su visa de tránsito.
La víspera, la aerolínea panameña Copa Airlines anunció que tenía previstas flexibilizaciones para los viajeros cubanos que debían reprogramar su vuelo atendiendo a los nuevos requisitos de visado de tránsito de la nación istmeña.
Este jueves, personas se congregaron frente a la embajada panameña en La Habana para recibir información luego de que el gobierno de ese país anunciara cambios en los requisitos de visado para los ciudadanos cubanos.
La nueva medida migratoria aplica para quienes pasen por el país centroamericano en su trayectoria hacia otro destino o de regreso a la isla, y solo autoriza a la persona a permanecer en el área de tránsito internacional de la terminal aérea, con la finalidad de continuar viaje.
Establece, además, la obligatoriedad de que el interesado la solicite personalmente, con un costo de 50 dólares, ante el consulado de Panamá en el país donde que se encuentre, con un plazo mínimo de 15 días hábiles anteriores a la fecha del viaje.
Para tramitar ese tipo de visa, el viajero deberá aportar, entre otros documentos, un formulario de solicitud, dos fotografías tipo carné, copia del pasaporte (vigencia mínima de seis meses) y la reservación de área comprobada o itinerario de continuidad del periplo.
Además, se exige copia del documento de identidad del país de residencia (también con vigencia mínima de seis meses) y el comprobante del pago realizado por los derechos consulares.
Las autoridades cubanas manifestaron que se mantenían en contacto con la Cancillería panameña con el propósito de que sean atendidos los intereses de los nacionales que viajan a terceros países a través de Panamá, respetando la decisión soberana de las autoridades del país istmeño.