De Patria Potestad a Responsabilidad Parental (+Audio)
Cuando por estos días tiene lugar el proceso de consulta popular del proyecto del nuevo Código de las familias, varias informaciones erróneas y malintencionadas se tejen en las redes sociales. Una de ellas se encuentra relacionada con la sustitución de la denominación de Patria Potestad por Responsabilidad Parental.
Con el propósito de confundir se intenta crear la matriz de opinión de que lo anterior anula la autoridad legal de los padres sobre sus hijos, algo alejado de la realidad.
Según se describe en el Artículo 132, del proyecto del nuevo Código de las familias, la responsabilidad parental es el conjunto de facultades, deberes y derechos que corresponden a las madres y a los padres para el cumplimiento de su función de asistencia, educación y cuidado de sus hijos e hijas menores de edad.
A propósito, ampliamos el tema con el abogado Hander Ariosa Falla, especialista en Derecho Familiar.
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