NacionalesPrincipales

Guáimaro en la gloria de Cuba libre y en las Constituciones de heroica virtud

Vistas: 0
Para aprobar nuestra actual Carta Magna, la asamblea constituyente se extendió a millones de cubanos, cuyos análisis y propuestas modificaron casi el 60 % del articulado del proyecto inicial. Eso es participación popular y democracia pura, pero de ello poco se habla en el mundo. foto: juvenal balán
Para aprobar nuestra actual Carta Magna, la asamblea constituyente se extendió a millones de cubanos, cuyos análisis y propuestas modificaron casi el 60 % del articulado del proyecto inicial. Eso es participación popular y democracia pura, pero de ello poco se habla en el mundo. Foto: Juvenal Balán

Hace 152 años, justo el 10 de abril de 1869, el pequeño poblado de Guáimaro, en Camagüey, pasó a formar parte inseparable de la historia patria, al acoger en su seno a los iniciadores de la guerra por la independencia de Cuba para, entre otros propósitos, aprobar la Constitución que regiría los destinos de la revolución en marcha.

La carta magna, primera de las cuatro proclamadas en los campos bajo dominio de las huestes libertarias, representó entonces la radicalización del pensamiento político criollo, marcó el punto de partida del constitucionalismo revolucionario y fue expresión genuina del proceso de formación de la nación cubana.

Sobre ese y otros asuntos de actualidad, que marcan un hilo de continuidad en el concepto de Revolución como fuente de derecho, independencia y soberanía, Granma dialogó con Tamara Báez Martínez, profesora de Historia del Derecho en la Universidad de Camagüey Ignacio Agramonte Loynaz.

«€“¿Qué significado tuvo ese primer acto cívico en la consecución de los objetivos que llevaron a los cubanos a empuñar las armas en pleno siglo XIX?

«€“La Constitución de Guáimaro denota la vocación jurídica de aquel grupo de seres humanos que trataban de hacer de Cuba un país independiente de España. La idea de nuestros próceres era que, al mismo tiempo que transcurriera la guerra, se fuera estableciendo una república organizada, con leyes, dotada de una Constitución y de un sistema jurídico.

«El texto reconoce, además, la libertad como un derecho esencial; por tanto, excluye la posibilidad de que hubiera esclavos, es decir, Cuba nacería con una vocación no solo independentista, sino que sus hijos tendrían total libertad, lo que presuponía que la esclavitud quedaría abolida.

«Esa es una idea central muy avanzada para su época, si se tiene en cuenta que los principales dirigentes eran hijos de la burguesía; o sea, el hecho de que la revolución mambisa fuera encabezada por los mejores individuos de esa clase social, y que tuvieran ese pensamiento adelantado, fue muy importante.

«Uno de sus redactores, Ignacio Agramonte, fue un gran civilista y un gran jurista. Hombre apasionado y fiel en sus convicciones, trató de que Cuba estuviera a la altura de cualquier país libre en ese momento. Por supuesto, no fue una Constitución acabada ni mucho menos, pero fue la nuestra, la misma que rigió por diez años en los territorios ocupados por los mambises»».

«€“Otras tres constituciones fueron promulgadas luego, en el transcurso de la contienda por liberarse del yugo español. ¿Qué aspectos esenciales distinguieron a esos textos?

«€“Era tan importante para la dirigencia cubana no ver la guerra como un simple acto de hombres armados, que cuando Antonio Maceo decidió, en 1878, en Baraguá, comenzar un nuevo periodo de lucha, no concibió iniciarlo sin una Constitución, por muy sencilla que ella fuera. Tanto así había calado el espíritu constitucionalista en los mambises.

«Después vino la guerra del 95 y, con ella, la Constitución de Jimaguayú, considerada la más avanzada desde el punto de vista político, en el sentido de que, más o menos, resolvió el asunto del equilibrio entre el mando civil y el militar, que fue el problema fundamental que había lastrado la organización de la Guerra de los Diez Años.

«Dos años después, en La Yaya, se vuelve otra vez al espíritu civilista de Guáimaro, y subordina, de nuevo, el mando militar al civil. Sin embargo, en el aspecto jurídico, el documento allí aprobado fue superior a las tres cartas magnas anteriores, y dejó a las constituciones mambisas en un momento muy alto, realmente»».

«€“Las constituciones liberales burguesas, durante el llamado periodo republicano, son consideradas también fuentes del Derecho Constitucional. ¿Cuáles fueron esos principales momentos y qué los caracterizó?

«€“La Constitución de 1901 se hizo bajo la bota yanqui, cuyos representantes pretendían que en ella se regulara cuáles serían las relaciones de sujeción de Cuba con Estados Unidos. Al no lograr sus propósitos, entonces esgrimen la Enmienda Platt como adoso al texto constitucional.

«La asamblea constituyente hizo todo lo posible por impedir, sin resultados, la ignominiosa enmienda, por todo lo que significaba para los destinos de Cuba y, con mucho dolor, tras varias votaciones, fue aprobada, ante el peligro latente de una ocupación estadounidense indefinida. 

«Esa Constitución, y los órganos de poder establecidos, se parecen mucho a los de Estados Unidos, es decir, hay un rompimiento en la historia constitucional, pues no parte de La Yaya, sino que bebe más de la fuente norteamericana que de la tradición que teníamos.

«Ya la Constitución de 1940 es otra cosa. Se aprueba en un contexto marcado por la lucha antifascista en el mundo, a cuyo bloque se sumaron Estados Unidos y, por supuesto, Cuba, acostumbrada a hacer lo que la política exterior del imperio definía.

«Esos aires democráticos propiciaron una mayor diversidad en la asamblea constituyente, fueron más ricas las discusiones y se le impregnó un matiz social y reivindicativo, que conllevó a la adopción de postulados de carácter progresista, la mayoría de los cuales no tuvieron viabilidad práctica, pues los gobiernos de turno no se encargaron de legislar para que fueran efectivos»».

«€“Triunfa la Revolución Cubana y las transformaciones en marcha pronto exigieron la actualización de su cuerpo constitucional. ¿Podría referirse a ello?

«€“Si no hubiera sido tan avanzada la Constitución de 1940, muchos de sus artículos no habrían formado parte de la Ley Fundamental adoptada el 7 de febrero de 1959, con un fuerte ingrediente nacionalista y antimperialista. Desde luego, no podía ser la misma en medio de un proceso revolucionario en el que estábamos dejando de ser un tipo de sociedad para convertirnos en otra.

«Un momento cumbre fue también la aprobación de la Constitución de 1976, documento con una esencia totalmente diferente, pues fue el resultado final de la construcción de un Estado de nuevo tipo por su perfil ideológico, el modelo organizacional que instituye y su sentido de hacer política. Es considerada por los expertos un parteaguas en la historia constitucional de Cuba»».

«€“Otro 10 de abril, pero de 2019, es proclamada la nueva Constitución de la República. ¿Qué elementos novedosos la marcaron, a tono con las circunstancias del país?

«€“Lo que se hizo esa vez rompió todos los moldes establecidos. La asamblea constituyente se extendió a millones de cubanos, quienes tuvieron la oportunidad de analizar y debatir el proyecto, de cuya propuesta inicial fue modificado casi el 60 % del articulado. Eso es participación popular y democracia pura, pero de ello poco se habla en el mundo.

«De hecho, no bastó con que las personas participaran masivamente en la consulta y el documento tuviera el visto bueno de la Asamblea Nacional: el 24 de febrero de ese año, en referendo popular, fue aprobado con casi el 87 % de los votos a favor. Por eso digo que esta es la Constitución más democrática del mundo»».

«€“En su primer artículo, la nueva Carta Magna ratifica a Cuba como Estado socialista de derecho y justicia social. ¿Qué significa esa precisión?

«€“Ese es un concepto que se redondea cuando se habla de un socialismo más próspero, sostenible, inclusivo y participativo. Es decir, se trata de un Estado donde la actuación de todos, sin excepción, esté permeada por el principio de la legalidad. Nadie puede estar por encima de la ley.

«La esencia de este proceso es, además, la inclusión. No se puede dejar a nadie atrás, sea por el color de la piel, la preferencia sexual o la creencia religiosa, porque todos formamos parte de este Estado y nos debemos a la ley, por lo que tienen que haber un orden y un respeto a los derechos ciudadanos.

«Todo ello le da al país una estabilidad y la posibilidad de que su sistema jurídico funcione a plenitud. Es eso lo que querían nuestros padres fundadores. ¿Cuál, si no, era el espíritu de Agramonte de que el poder civil, los derechos ciudadanos, las instituciones y la república fueran lo fundamental? Esta ha sido transversal en la historia revolucionaria de Cuba»».

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *